CIRCULAR N° 49
Pago de Colegiatura
Lomas Coloradas, octubre 28 de 2015.
Estimados Apoderados del Colegio Fraternidad:
Como es de público conocimiento, en Junio de 2015 se dictó la Ley N°20.845 de Inclusión Escolar, que introdujo numerosos cambios a la normativa educacional, entre otros, al sistema de financiamiento compartido.
Así, durante el primer año escolar de entrada en vigencia de la ley, esto es, durante el 2016, los colegios que sigan adscritos a este régimen podrán efectuar cobros mensuales por alumno que no podrán exceder de aquellos cobros informados para el año 2015, convertidos en Unidades de Fomento, al valor de dicha unidad al día 01 de Agosto de 2015.
Por Resolución Exenta N° 1783 de 24/08/2015 del Ministerio de Educación, se ha informado el valor de cobro mensual por alumno para el 2015, comunicado por los Colegios a Secreduc, convertido en unidades de fomento al 01 de Agosto del presente año.
Para el cálculo en pesos de dicho monto se utilizará el valor en pesos de la Unidad de Fomento del 1° de Marzo del año 2016.
En el caso del Colegio Fraternidad, el cobro mensual máximo por alumno informado para el año 2015 y que se aplicará el año escolar 2016 será el siguiente:
Establecimiento |
Cuota Mensual en Unidades de Fomento |
Valor en Pesos al 01/03/2016 |
Colegio Fraternidad |
3,77679 |
Se publicará por la SEREMI de Educación al Principio del año2016 |
El pago se efectuará en 10 cuotas, desde Marzo a Diciembre de 2016.
Sin otro particular saluda atentamente,
Víctor Schuffeneger Navarrete
RECTOR